El Estado cotizará por las personas con discapacidad que no encuentran un empleo
Fuente: Discapnet.
El Consejo de Ministros ha aprobado el viernes un RD por el que se regula la suscripción de Convenio Especial con la Seguridad Social por las personas con discapacidad que tengan especiales dificultades para acceder a un empleo.
«Es un esfuerzo de solidaridad. Entendemos que es un convenio importante, que supone no sólo cumplir una ley sino especialmente dar una cobertura y una tranquilidad de vida, en condiciones de igualdad con el resto de los españoles, a las personas que por razón de tener capacidades diferentes tienen más dificultades para acceder un puesto de trabajo», ha afirmado la vicepresidenta primera del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Este decreto establece las condiciones de suscripción en el sistema de Seguridad Social de las personas con discapacidad, «o con capacidades diferentes», que tienen en este momento dificultades para acceder al mercado de trabajo y puedan en el futuro acceder a una prestación por jubilación.
Este convenio reconoce que podrán suscribirse al sistema de Seguridad Social las personas con 18 o más años, que no hayan cumplido todavía la edad legal para la jubilación ordinaria, que residan legalmente en España, tengan reconocida una discapacidad que implique dificultades para integrarse en el ámbito laboral, o se encuentren inscritas en los Servicios Públicos de Empleo como personas desempleadas demandantes de empleo por un periodo de seis meses.
«Lo que se trata de buscar es que las personas con dificultades para encontrar un empleo por su situación de discapacidad puedan tener una cobertura en el sistema de seguridad social, es decir que estén cubiertas cuando llegue su edad de jubilación o tengan algún percance de naturaleza familiar», ha indicado la vicepresidenta.
De esta forma, la ley prevé aportaciones del régimen de Seguridad Social y del propio Estado para cubrir esas cotizaciones con el objetivo de que en un futuro esas personas puedan acceder a una jubilación. Es decir, que la Seguridad Social se aporta a sí misma. «Así se acaba con la incertidumbre que hay en muchas familias sobre el futuro de un hijo o un hermano con discapacidad», ha añadido.
Requisitos para la solicitud
El ámbito de aplicación del convenio especial reconoce que podrán solicitar su suscripción las personas que tengan dieciocho años o más y no hayan cumplido la edad mínima para la jubilación ordinaria; que residan legalmente en España; que tengan reconocida una discapacidad que implique especiales dificultades de inserción laboral; que no figuren en alta o en situación asimilada a la de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social ni en cualquier otro régimen público de protección social; y que se encuentren inscritas en los servicios públicos de empleo como personas desempleadas demandantes de empleo por un período mínimo de seis meses, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de suscripción del citado convenio.
Con este convenio la Seguridad Social intensifica los niveles de protección de quienes tienen especiales dificultades para incorporarse al mundo laboral.
- Nota informativa del Consejo de Ministros (01/03/2013)
- Real Decreto 156/2013, de 1 de marzo, por el que se regula la suscripción de convenio especial por las personas con discapacidad que tengan especiales dificultades de inserción laboral (formato pdf 159KB) (02/03/2013)
- Guía Explicativa del CERMI
Comentarios recientes